miércoles, 2 de marzo de 2016

Nacionales: La extorsión

La Procuraduría contra la violencia institucional dictaminó que la fiscal y los dos jueces jujeños privaron en forma ilegítima de su libertad a Milagro Sala. Una causa indecorosa donde no se dejó ilegalidad por cometer. El gobierno provincial controla a la justicia jujeña y el gobierno nacional a ambos. Dos enviados de Macrì visitaron a la parlamentaria detenida para proponerle que pidiera la detención domiciliaria. Sala no aceptó la extorsión. También apuntan contra Cristina.   Por Horacio Verbitsky


Durante la audiencia con los organismos defensores de los Derechos Humanos, el presidente Maurizio Macrì negó que Milagro Sala fuera una presa política y defendió la presunta imparcialidad de la justicia jujeña. Nada en las causas mal armadas en su contra respalda esta afirmación. Por el contrario, deja en evidencia la escandalosa manipulación judicial al servicio de un escarmiento a los movimientos sociales, que Macrì convalidó en forma explícita en reiterados encuentros con el gobernador Gerardo Morales. 

El ministro de Justicia Germán Garavano dijo que el gobierno seguía el tema con preocupación y el secretario de Derechos Humanos Claudio Avruj informó a los visitantes que había enviado emisarios a entrevistarse con Sala. Lo que no dijo entonces es que llevaron una propuesta extorsiva a Jujuy: le sugirieron a la dirigente de la organización barrial Tupac Amaru que solicitara la detención domiciliaria, antes de que Macrì viajara a Italia para su audiencia de ayer en el Vaticano. Esta es una implícita confesión del control que tiene el gobierno nacional sobre las decisiones de la justicia jujeña. La ofensiva oficial también se cierne sobre CFK, como claman los arietes mediáticos. 

El fiscal general Ricardo Sáenz dictaminó para ello que su colega Natalio Alberto Nisman fue asesinado, y el juez federal Claudio Bonadío citó a la ex presidente, a su ministro de Economía Axel Kicillof y al ex presidente del Banco Central Alejandro Vanoli. La intención del intrépido doctor Glock es penarlos por las pérdidas que la devaluación dispuesta por Macrì, Alfonso de Prat Gay y Federico Sturzeneger le produjo al Banco Central, en la operatoria con dólares a futuro. El caso de Sala ejemplifica los extremos a los que está dispuesta a llegar la nueva administración, con el beneplácito de los poderes fácticos que intentan hacer su propio Nunca Más.

La peor violencia

El fiscal federal de San Salvador, Federico Zurueta, recibió la denuncia por privación ilegal de la libertad realizada por varios diputados al Parlasur y la remitió a la Procuraduría contra la Violencia Institucional (PROCUVIN). Su titular, el fiscal general Miguel Angel Palazzani, y su adjunto, el fiscal ad hoc José Nebbia dictaminaron que Milagro Sala es “víctima de la peor violencia: la violencia institucional, que proviene precisamente del último refugio que puede encontrar un ciudadano frente al poder estatal: los jueces y los fiscales.

Cuando es justamente ese poder estatal el que comete la ilegalidad y ejerce violencia el desamparo es absoluto”. La PROCUVIN constata que no se inició el proceso de desafuero ni se dictó la inconstitucionalidad del artículo 16 de la ley 27.120, por el cual los parlamentarios del Mercosur gozan de las mismas inmunidades que los diputados nacionales. Y según el artículo 69 de la Constitución, ningún legislador puede ser arrestado, desde el día de su elección, salvo si fuera “sorprendido in fraganti en la ejecución de algún crimen que merezca pena de muerte, infamante, u otra aflictiva”, cosa que ostensiblemente no ocurre en este caso. Como esta norma se aplica a Milagro Sala desde el día de su elección, el 25 de octubre de 2015, su privación de la libertad no es legítima. Los magistrados jujeños podían declarar inconstitucional la norma y recién entonces proceder contra Sala, o considerarla vigente e iniciar el procedimiento de desafuero. Palazzani y Nebbia concluyen que “ante la evidente ilegalidad e ilegitimidad de la detención de una diputada del Parlasur amparada por la inmunidad de arresto, se impone la urgente e inmediata resolución que ordene su libertad, para, entre otras cosas, hacer cesar los efectos de un delito que se está perpetrando mientras persista la situación actual” y esa es la única forma de regreso “a la legalidad constitucional y a la racionalidad jurídica”. Mientas eso no ocurra, el Estado Argentino está en riesgo de ser denunciado en los foros internacionales por la flagrante violación de normas constitucionales y convencionales”. En consecuencia, dictaminaron que los jueces provinciales Raúl Gutiérrez, Gastón Mercau y la fiscal provincial Liliana Fernández de

Montiel habrían incurrido en los delitos de acción pública por prevaricato, privación ilegal de la libertad por más de un mes (artículos 269, 142 inciso 5 y 144 bis inciso 1 del Código Penal) por lo que corresponde impulsar la acción penal y formular requerimiento de instrucción en contra de los tres. Con ese dictamen, el requerimiento debe ser presentado por el fiscal Zurueta. Mercau acaba de rechazar una solicitud de cese de la detención presentado por los abogados de Sala, con los mismos fundamentos que el dictamen de la PROCUVIN.

Las ilegalidades

La privación ilegal de la libertad es inocultable en una causa judicial indecorosa de principio a fin. Estas son algunas de las ilegalidades que constan en el expediente, al que tuvo acceso el abogado de Milagro Sala, Luis Paz:

- El Código Procesal Penal indica que la investigación penal preparatoria debe ser practicada por el juez, y no por el fiscal, si uno de los imputados es legislador, funcionario o magistrado sujeto a desafuero. Es el caso de Milagro Sala, legisladora del Parlasur, y de Mabel Balconte, diputada provincial. Sin embargo, durante todo enero la investigación estuvo en manos de la fiscal y recién se hizo cargo el juez el 29 de enero, luego de la detención de Sala y de los allanamientos.

- Aunque la denuncia por el acampe frente a la casa de gobierno, presentada al quinto día de instalado Morales, era por “instigación a cometer delitos y sedición”, las medidas practicadas por la inteligencia policial tendían a identificar a los acampantes y establecer qué cooperativas se habían acogido al reempadronamiento del “programa de regularización y transparencia” del gobierno provincial.

- La fiscal de Feria Liliana Fernández de Montiel presentó el pedido de detención de Milagro Sala y de otros dirigentes de la Tupac Amaru a las diez menos veinte de la noche del viernes 15 de enero.

- El Juez de control Raúl Gutiérrez lo aceptó pocas horas después, en la madrugada del sábado 16, y delegó su ejecución en el Ministro de Seguridad de Morales, Ekel Meyer. Con la satisfacción del deber cumplido, ese mismo sábado Gutiérrez pidió licencia “a partir de este momento”.

- En rotunda demostración de la laboriosidad de los colaboradores del nuevo gobierno, ese sábado estaban trabajando en su despacho el secretario del tribunal superior, Víctor Amado, y su Presidente, Clara Langhe de Falcone, ex diputada de la UCR.

- Antes de las cuatro de la tarde del sábado esta jueza designó para suplir a Gutiérrez al juez Gastón Mercau. Como la Acordada no explica por qué razón lo eligió descartando otras opciones, los piensa mal y acertarás entienden que fue porque es su yerno, para que todo quedara en familia política.

- A las cinco y media de la tarde, el Fiscal de Estado invocó instrucciones del gobernador Morales para solicitar orden de desalojo, no de un lugar sino de Milagro Sala, quien en ese momento ya estaba detenida en la Comisaría de la Mujer.

- También es asombrosa la capacidad de trabajo de la fiscal multitasking Liliana Fernández de Montiel, quien podría dar un curso para optimizar el rendimiento: el mismo viernes 15 de enero desde la tarde y hasta las 21.55 (es decir mientras escribía la solicitud de detención contra Milagro, que presentó a las 21.40) tomó tres declaraciones y asistió a nueve denunciantes para abrir una nueva causa contra la dirigente social.

- La razón de tanto apuro y las huellas del burdo procedimiento marcadas en cada foja del expediente están en la Acordada 213 del Superior Tribunal, del 23 de diciembre de 2015: el 15 de enero a medianoche terminaba el turno de feria de Liliana Fernández de Montiel, quien a partir del 16 sería reemplazada por el fiscal Aldo Lozano. Sin embargo, Lozano nunca intervino, sin que en el expediente se explicara por qué, y siguió actuando Fernández de Montiel, quien sólo tiene competencia en el fuero de Menores, por lo que no podía ser parte en esta causa.

- Tampoco surge de las actuaciones por qué el yerno siguió a cargo una vez vencida la licencia de cuatro días del juez Gutiérrez. Fernández de Montiel y Mercau constituyeron la fuerza judicial de tareas del gobernador Morales para escarmentar a los movimientos sociales.

- Este es un modus operandi de la justicia jujeña. En 2011, el juez de feria de San Pedro, Jorge Samman ordenó el desalojo de las familias asentadas pacíficamente en terrenos del ingenio Ledesma, lo cual produjo tres muertes. La ley orgánica del poder judicial de Jujuy define que la competencia de los juzgados de feria es de excepción y sólo para asuntos urgentes, dentro de los cuales no caben los acampes pacíficos de entonces ni el de la Plaza de San Salvador ahora.

- El 29 de enero, se notificó a Milagro el cese de su detención por el acampe, pero no recuperó su libertad. Según la Acordada de feria el juez Mercau debía iniciar su licencia el 1 de febrero “sin excepción de ninguna naturaleza”, para ser reemplazado en el expediente por alguno de los dos restantes jueces de control. Pero con el entusiasmo que la administración esperaba de él, Mercau siguió en funciones para dictar una nueva orden de detención contra Milagro.

- Esta nueva causa se había iniciado el 15 de enero con la presentación espontánea ante la fiscal Fernández de Montiel de nueve personas, que entre las 18.30 y las 21.55 denunciaron hechos ocurridos en 2012, 2013, 2014 y 2015, es decir sin la urgencia requerida para habilitar la feria judicial de enero.

- La acordada 213 fijó además que los asuntos de feria sólo se despachan de lunes a viernes, de 8,30 a 12,30. Ninguno de esos requisitos se cumplió, porque la orden política de perseguir a Milagro Sala no respetó leyes, convenciones, competencias ni formalidades.

- El 14 de enero Morales dijo que se había reunido con los dirigentes de distintas cooperativas a quienes “para llevar tranquilidad” les dijo que a los acampantes se les suspendería la personería y se les impondría una multa de 100 mil pesos. Identificó entre sus interlocutores a los dirigentes de las cooperativas Organización Barrial Mariano Vera (Cristian Chorolque), Fuerza Jujeña (Julia Gutiérrez), Argentina Grande Disidente (Jorge David Lamas), Pan y Trabajo (Américo Celestino Romay) y 8 de Octubre (José Daniel Orellana).

- ¡Oh, casualidad!, al día siguiente los cinco se presentaron ante la superfiscal y denunciaron bajo juramento haber cobrado dinero por obras que no hicieron. Es ostensible la extorsión a la que fueron sometidos. ¿Alguien les avisó que de este modo se autoincriminaban?

- El Fiscal de Estado y el hermano de Gerardo Morales, designado como Presidente del Instituto de Vivienda y Urbanismo jujeño (IVUJ), eligieron para presentar nuevas denuncias a Fernández de Montiel, pese a que según la Acordada 213 su turno había terminado el 15 de enero.

- Estas nuevas denuncias se acumularon a las anteriores, sin fundamento. Una vez más se presentaron fuera del horario de tribunales, como si se tratara de una cuestión urgente, cuando los hechos denunciados ocurrieron un año antes.

- Estas denuncias abarcaron 14 convenios firmados entre el IVUJ y distintas cooperativas y un convenio de tres cooperativas por el Plan Federal “Mejor Vivir II”. La única vinculación con Milagro Sala es que varias de esas cooperativas “tienen domicilio en la propia sede central de la Tupac Amaru”. La identidad de domicilio aún no es un tipo penal.

- La última de esas denuncias es la que ganó abusiva difusión en la televisión oficial: por el convenio del Mejor Vivir, en diciembre los cooperativistas cobraron un anticipo por obras que, en enero no se habrían iniciado.

- Ese fue el único fundamento por el cual la fiscal Fernández de Montiel pidió y el juez Mercau ordenó, ambos el 26 de enero, la detención de Milagro Sala y de tres de los cooperativistas autoincriminados.

- No hay otro cargo contra Milagro Sala que los dichos difusos, sin indicaciones temporales, ni testigos, de aquellos primeros irregulares denunciantes y la sede social compartida con algunas cooperativas denunciadas por la firma de convenios con irregularidades administrativas.

- En todo el expediente no hay una sola prueba de la intervención de Milagro en aquellos hechos, ni elementos que puedan justificar las figuras delictivas elegidas por el gobierno de Morales: defraudación contra la administración pública, extorsión y asociación ilícita.


La sugerencia extorsiva a Milagro, para que se resigne al atropello y se encierre en su casa, es la frutilla sobre este postre de arbitrariedades e ilegalidad.

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